Ciudad de México, 9 de agosto de 2025.— El 5 de agosto comenzó a circular en redes sociales un video grabado sin consentimiento dentro de una patrulla de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la capital, en el que se observa a dos policías en una situación íntima durante su turno.

Aunque la publicación fue presentada como una “denuncia” por el presunto uso indebido de un vehículo oficial, la conversación en redes rápidamente se desvió hacia un ataque masivo contra la mujer policía: insultos, burlas y juicios morales que, en su mayoría, no se replicaron contra su compañero, cuyo rostro no es visible en el material.

Este trato desigual evidencia un doble rasero marcado por el machismo, que continúa condicionando la forma en que se juzga a las mujeres, particularmente en situaciones relacionadas con su vida sexual.

Especialistas en derechos digitales y género recordaron que la Ley Olimpia protege a todas las personas, incluidas las servidoras públicas, y que grabar o difundir imágenes íntimas sin autorización no constituye un acto de transparencia o denuncia, sino violencia digital y un delito, sancionable en la Ciudad de México con prisión y multas.

Incluso si el hecho ocurre en un espacio público, la Ley Olimpia sigue aplicando siempre que el contenido sea de carácter íntimo o sexual y se difunda sin consentimiento. La protección recae sobre la persona y su vida privada, no sobre el lugar donde sucedió. La norma sanciona tanto la grabación como la difusión no autorizada, y en la Ciudad de México contempla penas de tres a seis años de prisión, además de multas, con agravantes cuando existe relación laboral o jerárquica entre las personas involucradas.

La SSC no ha emitido un pronunciamiento oficial sobre las posibles acciones internas, pero organizaciones feministas han exigido que la investigación se enfoque en la difusión no consentida del material, así como en el trato diferenciado y misógino que se ha dado en el espacio público y digital.