
10 de julio de 2025 — En una decisión histórica, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el embargo parcial de los fondos de retiro (Afores) para garantizar el pago de pensiones alimenticias a menores de edad, en casos donde el titular de la cuenta esté desempleado y carezca de otros ingresos.
La Primera Sala de la SCJN resolvió que es constitucional permitir el embargo de la subcuenta de retiro en la misma proporción o cantidad que actualmente puede disponer un trabajador desempleado, conforme al artículo 79, tercer párrafo, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
Esto significa que, en escenarios donde un deudor alimentario no tenga otros bienes ni ingresos para cumplir con su obligación, los jueces podrán autorizar el embargo de recursos de la Afore hasta por el monto permitido para retiros por desempleo, que actualmente oscila entre el 10% y el 20% del saldo acumulado, según los años cotizados.
Un fallo con enfoque en el interés superior de la niñez
El máximo tribunal destacó que esta medida no vulnera el derecho a la seguridad social del titular, sino que atiende al interés superior de niñas, niños y adolescentes, al asegurarles el acceso efectivo a los recursos mínimos para su sustento.
La resolución también subraya que el embargo no es general ni automático: solo aplicará en casos excepcionales, cuando se acredite la falta de otros bienes o ingresos y siempre respetando los límites legales previstos para retiros por desempleo.
Así se implementará
El juez familiar deberá verificar que el deudor no cuente con otros bienes embargables. Se autorizará el embargo únicamente hasta el monto permitido por retiro parcial por desempleo, no del saldo total de la Afore. Las Afores tendrán la obligación de entregar el monto embargado directamente a la parte beneficiaria de la pensión alimenticia.
Reacciones encontradas
La resolución ha generado reacciones mixtas. Organizaciones de defensa de derechos de la infancia celebraron la decisión como “un avance en la protección efectiva de los menores frente a padres incumplidos”. Por su parte, algunos especialistas en pensiones advirtieron que, aunque la medida es proporcional, abre la puerta a debates más amplios sobre la naturaleza de los ahorros para el retiro.
Con este fallo, la SCJN envía un mensaje claro: las obligaciones alimentarias tienen prioridad, incluso por encima del ahorro previsional, cuando está en juego el bienestar de los menores.