La declaración anual tiene el objetivo de que registres los ingresos por tu salario, las deducciones, de que realices el cálculo del impuesto anual y así pagues o solicites tu saldo a favor.
Un asalariado es aquella persona física que percibe salarios y demás prestaciones derivadas de un trabajo personal subordinado a disposición de un empleador, incluyendo la participación de utilidades y las indemnizaciones por separación de su empleo.
Si eres asalariado seguramente te estás preguntando si debes o no presentar tu declaración anual. La respuesta es sí, debes informar al fisco tus ingresos y pagar los impuestos correspondientes.
Un asalariado es aquella persona física que percibe salarios y demás prestaciones derivadas de un trabajo personal subordinado a disposición de un empleador, incluyendo la participación de utilidades y las indemnizaciones por separación de su empleo.
Los deberes ante el SAT para los asalariados van desde tramitar el RFC y la suspensión o reanudación de actividades, entre otras.
Cada año, en el mes de abril se debe presentar la declaración anual en caso de que cumplas con alguno de los siguientes supuestos:
- Tener ingresos superiores a 400 mil pesos en el año.
- Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando tu salario no haya rebasado los 400 mil pesos anuales.
- Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual.
- Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
- Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
- En caso de tener otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
- En caso de percibir ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
¿Cuándo se presenta la declaración anual 2022?
Según el calendario del SAT, tu declaración de impuestos del ejercicio fiscal 2022 debe entregarse antes de que termine abril de 2023. Esto aplica para personas físicas en cualquier régimen: pequeños empresarios, asalariados, quienes se encuentran trabajando por honorarios, entre otros casos.
Cabe aclarar que aunque tu declaración la presentas durante el 2023, corresponde a tus ingresos de enero a diciembre del 2022.
Para las personas morales, es decir, aquellas que constituyen una organización o empresa a gran escala, la fecha límite para presentar su declaración 2022 es el 31 de marzo del 2023.
Con información de Agencias.