
La LXVI Legislatura del Congreso de Oaxaca aprobó, con 31 votos a favor, una reforma al artículo 179 del Código Familiar para el Estado que impide a las personas inscritas en el Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) tramitar, renovar o reponer su licencia de conducir, contender por cargos de elección popular, aspirar a jueces o magistrados locales, y realizar ciertos trámites notariales sobre bienes inmuebles. La medida busca fortalecer el cumplimiento de las pensiones alimenticias y proteger el derecho al mínimo vital de niñas, niños y adolescentes.
Congreso | 20 de agosto de 2026
Qué prohíbe la reforma
El dictamen adiciona las fracciones IV, V, VI, VII, VIII, IX y X al artículo 179 del Código Familiar y establece un catálogo de impedimentos y consecuencias jurídico-administrativas para quienes estén inscritos en el Redam. Entre ellas, la prohibición de expedir, renovar o reponer licencias y permisos para conducir; la restricción para participar como candidatas o candidatos a cargos de elección popular en el estado; el impedimento para aspirar a jueces o magistrados en el ámbito local, y para participar en procesos de designación mediante convocatoria pública para organismos estatales u organismos constitucionalmente autónomos. En el ámbito patrimonial, se restringe la realización de actos ante notario público relacionados con la compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales. La reforma también obliga a que, en las solicitudes de matrimonio, el oficial del Registro Civil informe a ambos contrayentes si alguno de ellos se encuentra inscrito en el Redam.
El argumento detrás de la reforma
El dictamen aprobado por el Pleno sostiene que el incumplimiento reiterado de las obligaciones alimentarias «no constituye únicamente una controversia de naturaleza privada, sino una problemática de relevancia constitucional y de interés público», en la medida en que afecta directamente el ejercicio de derechos fundamentales de personas en situación de vulnerabilidad, como niñas, niños y adolescentes que dependen de esa pensión. Con base en ese argumento, la Legislatura consideró que ampliar las consecuencias del incumplimiento más allá del ámbito civil (hacia trámites administrativos, notariales y hasta la posibilidad de ocupar cargos públicos) contribuye a garantizar de manera más efectiva ese derecho.
Una política que se ha endurecido con los años
El Redam no es una figura nueva: el Congreso de Oaxaca lo creó en 2021, cuando reformó el Código Civil para hacer público el registro de personas deudoras y limitar su acceso a la adopción, al matrimonio, a créditos bancarios y a la proveeduría de gobierno. A inicios de este año, la diputada Jimena Yamil Arroyo Juárez, del grupo parlamentario de Morena, había impulsado una iniciativa para sumar como impedimentos adicionales el matrimonio y la licencia de conducir. La reforma aprobada este jueves, dictaminada primero por la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia el pasado 18 de agosto y ratificada después por el Pleno, retoma y amplía esos planteamientos hasta sumar siete nuevas consecuencias para las personas registradas como deudoras alimentarias morosas.
Para entrar en vigor, la reforma deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado, como ocurre con cualquier decreto aprobado por el Congreso local.
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