
Coche bomba destruye comandancia de policía en Zacatecas; tres agentes resultan heridos
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La Fiscalía General del Estado detuvo a cinco personas, cuatro de ellas con cargos en el gobierno municipal de Nochixtlán. Durante el juicio y después del desahogo de diversas pruebas, se logró demostrar la participación de estos cinco perpetradores en la desaparición forzada de Claudia Uruchurtu. El 15 de diciembre del año 2022 y el 03 de marzo del año 2023, el Poder Judicial del Estado de Oaxaca emitió sentencias condenando a los responsables a penas de entre cuatro y sesenta años de prisión.
Sin embargo, después de agotar los recursos legales, la expresidenta municipal y su consejero jurídico lograron obtener su libertad, la primera porque la Quinta Sala Penal Colegiada del Tribunal Superior de Justicia redujo la pena y el segundo, al concederle el amparo directo el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito.
En su resolución, la SCJN también estableció criterios obligatorios para juzgar la desaparición forzada de mujeres defensoras de derechos humanos. Uno de ellos, es que juzgar estos casos con perspectiva de género e interseccionalidad es una obligación, no una opción. Esto implica reconocer la doble condición de riesgo que puede existir al ser mujer y defensora de derechos humanos, lo que puede generar violencia agravada, discriminación y contextos específicos que deben analizarse en cada caso.
Y que por la naturaleza clandestina de la desaparición forzada, la Corte subrayó la necesidad de un escrutinio judicial especializado, con análisis de contexto y valoración de pruebas circunstanciales cuando no existan medios de prueba directos.
“Aplicar perspectiva de género no reduce el estándar probatorio, no invierte la carga de la prueba ni releva al Ministerio Público de acreditar el delito. Su finalidad es incorporar elementos indispensables para una decisión integral, sensible y con enfoque de igualdad”, informó la SCJN.
La familia Uruchurtu Cruz expresó en un comunicado que con esta resolución de la SCJN, se avanza de manera decidida en el establecimiento de criterios para juzgar la desaparición forzada de personas no sólo desde la perspectiva de la legislación nacional o local, sino también desde los estándares internacionales; además de puntualizar que debe realizarse un escrutinio especializado al momento de valorar y relacionar las pruebas circunstanciales y el contexto en que ocurren los hechos para determinar la responsabilidad de las personas perpetradoras.
“Este es un paso más para alcanzar la justicia, verdad y reparación. Queda en manos del Primer Tribunal Colegiado en materias Penal y de Trabajo del Decimotercer Circuito, dictar una nueva resolución apegada a los criterios que fueron establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y hasta en tanto esto ocurra, no descansaremos en seguir buscando a nuestra hermana Claudia Uruchurtu Cruz y exigiendo que no quede impune su desaparición forzada”, expresó.
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