El Congreso del Estado de Oaxaca aprobó la tipificación del acecho como delito autónomo dentro del Código Penal local, una medida que busca cerrar vacíos legales y fortalecer la protección de los derechos humanos, en particular de las mujeres, frente a conductas persistentes de vigilancia, seguimiento o hostigamiento no consentido.

La reforma, avalada con 33 votos durante la Sesión Extraordinaria del 30 de septiembre, incorpora el nuevo artículo 270 Bis y adiciona el Capítulo IV “Acecho” al Título Decimoquinto del Código Penal del Estado, que corresponde a los delitos contra la paz y la seguridad de las personas. Con esta decisión, Oaxaca se convierte en la sexta entidad del país en reconocer y sancionar este tipo de violencia, sumándose a Coahuila, Guanajuato, Tamaulipas, Nuevo León y Estado de México.

Penas y agravantes

De acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia, el delito de acecho será cometido por quien, de forma reiterada y sin consentimiento, realice conductas como vigilancia, seguimiento físico o digital, envío de mensajes o comunicaciones no deseadas, o presencia constante en lugares frecuentados por la víctima, generando en ella un temor fundado por su seguridad o integridad.

Las sanciones establecidas van de seis meses a tres años de prisión y multa de hasta 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Las penas aumentarán si la víctima es menor de edad, persona con discapacidad o adulta mayor; si existe una relación sentimental, familiar, laboral o de autoridad con el agresor; o si se emplean medios digitales, armas o violencia física. También se considerarán agravantes los casos en los que exista una orden de restricción previa o reincidencia en delitos de género.

Protección y perspectiva de derechos humanos

El nuevo delito será perseguido por querella, salvo en los casos donde la víctima sea menor de edad, en los cuales se procederá de oficio. La reforma tiene como propósito garantizar la protección integral de las personas y dar cumplimiento a los compromisos internacionales en materia de derechos humanos y erradicación de la violencia contra las mujeres.

La diputada Biaani Palomec Enríquez (PT) encabezó la iniciativa junto con las legisladoras Haydeé Irma Reyes Soto, Jimena Yamil Arroyo Juárez y Analy Peral Vivar, del Grupo Parlamentario de Morena. Las promoventes destacaron que el acecho, conocido también como stalking, constituye una forma de violencia psicológica que vulnera la libertad, la privacidad y la tranquilidad emocional de las víctimas.

Reconocimiento del fenómeno

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ha advertido que el acecho es una manifestación de violencia de género que puede derivar en delitos más graves como feminicidio, desaparición o trata de personas, y que la falta de su reconocimiento en la ley ha generado una cifra negra de víctimas sin registro ni atención institucional.

Las diputadas señalaron que, a diferencia del acoso sexual o el hostigamiento, el acecho no requiere una connotación sexual ni amenazas explícitas, sino que se caracteriza por la persistencia e intrusión sistemática en la vida de una persona, provocando miedo, estrés y alteración de su vida cotidiana.

Con esta reforma, Oaxaca da un paso relevante hacia la armonización de su marco legal con los estándares internacionales en materia de prevención y sanción de la violencia, consolidando además un mensaje político claro: ningún tipo de persecución, acoso o vigilancia constante quedará impune bajo la ley estatal.