La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revivió al Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (INAI), pues autorizó que sesione con sólo cuatro de sus siete comisionados.
La Segunda Sala de la Corte aprobó, por tres votos contra uno, que el INAI retome sus actividades, después de casi cinco meses de paro por falta de quórum.
Al retomar sus sesiones, el Instituto Nacional de Transparencia podrá comenzar a resolver más de 8 mil 200 medios de impugnación pendientes, la mayoría revisiones contra negativas del Gobierno para abrir información.
Con esta resolución, la Corte eximió al INAI del artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que fija en cinco comisionados el quórum para sesionar.
Los Ministros Javier Laynez, Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar recordaron que el Senado ha sido omiso en nombrar a dos comisionados desde el 1 de abril de 2022, a los que se sumó una ausencia más ocurrida el pasado 1 de abril, tras la salida del comisionado Francisco Javier Acuña.
«Resulta inviable paralizar el funcionamiento del organismo constitucional autónomo garante de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales máxime que, la propia Constitución y la Ley Federal de Transparencia, previeron todo un procedimiento tendente a garantizar el funcionamiento regular de ese organismo», indica la sentencia, presentada por el Ministro Laynez.
En contra del proyecto votó Yasmín Esquivel.
La sentencia detalla que la presidenta del INAI, Blanca Ibarra, tendrá voto de calidad en caso de empate, y se menciona que la suspensión estará vigente mientras el Senado no designe, al menos, a un comisionado más.
El INAI actualmente se integra por la presidenta Blanca Ibarra, el comisionado Adrián Alcalá y las comisionadas Norma Julieta del Río y Josefina Román Vergara.
«Una vez notificado, el Pleno del INAI quedará habilitado para celebrar sesiones ordinarias, en las que resolverá los más de 8 mil recursos de revisión acumulado, dejando en claro que cada asunto representa a una persona que vio vulnerado su derecho de acceso a la información o el de protección de datos personales», manifestó el organismo, en un comunicado.