
Senado designa nuevas magistradas para el Tribunal Electoral de Oaxaca
Luego de casi dos años de espera, el Senado de la República finalmente nombró a las dos magistraturas vacantes del Tribunal Electoral del Estado de
La 65 Legislatura local aprobó la emisión de la convocatoria para la elección de la persona titular de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO).
En sesión ordinaria, el pleno avaló dicha convocatoria presentada por la Comisión Permanente de Derechos Humanos que preside la diputada Tania Caballero Navarro, luego de la renuncia del exdefensor, José Bernardo Rodríguez Alamilla, informó el Congreso de Oaxaca en un comunicado.
Podrán
participar las ciudadanas y ciudadanos que cumplan con los requisitos para tal
cargo, entre ellos, ser mexicano, haber nacido en Oaxaca o haber vivido en el
estado en los últimos cinco años.
Además, tener
conocimientos en la defensa y promoción de los derechos humanos con perspectiva
de género y pluralismo jurídico, así como no tener antecedentes de violencia o
discriminación en el ámbito público o privado.
Para
participar, también se solicita no haber sido inhabilitado en el desempeño de
la función pública ni haber sido condenada o condenado, mediante resolución
firme, por delitos cometidos por razones de género; por violencia familiar, por
delitos sexuales, ni ser deudor alimentario.
Quienes
cumplan con los requisitos de la convocatoria deberán de entregar la
documentación respectiva a la Comisión Permanente de Derechos Humanos, en San
Raymundo Jalpan, a partir del 8 y hasta el 10 de marzo de 2023, en un horario
de 10:00 a 16:00 horas.
Posteriormente,
la comisión legislativa será la responsable de analizar las propuestas de las
personas aspirantes y de realizar todo el proceso de comparecencias y
entrevistas para conformar la terna, la cual será presentada al Pleno de la 65
Legislatura local para la elección correspondiente.
La persona
titular de la DDHPO deberá obtener el voto de las dos terceras partes de las y
los congresistas y será elegida por un periodo de siete años, conforme a lo
establecido en el artículo 114 de la Constitución de Oaxaca.
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